• Gobierno dispuso medidas para enfrentar la pandemia.
Desde hoy todas las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a un espacio cerrado tienen la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra el covid-19, pero además el Gobierno actualizó los aforos permitidos en centros comerciales, restaurantes y otros locales. El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, señala que, según el nivel de alerta por provincia, hasta el 2 de enero del 2022, las siguientes actividades económicas, así como los templos y lugares de culto, tendrán los siguientes aforos: Nivel de alerta moderado A excepción de 10 provincias del país, todas las demás se encuentran en alerta moderado, incluyendo Lima y Callao, para las cuales regirán estos nuevos aforos: - Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%. - Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%. - Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%. - Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%. - Casinos y tragamonedas: 50%. - Cines y artes escénicas: 80% - Bancos y otras entidades financieras: 80%. - Templos y lugares de culto: 80%. - Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% - Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%. - Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%. - Eventos empresariales y profesionales: 80%. - Peluquería y Barberia: 60%. - Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%. - Coliseos (vacunados con 2 dosis): 40%. - Gimnasios: 60%. Asimismo, se autoriza actividades en espacios abiertos, pero respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias. Dichas actividades en espacios abiertos son: artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre, áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos. También están baños termales al aire libre, actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, eventos empresariales y profesionales al aire libre y mercados itinerantes. Mientras que para los estadios deportivos se señala un aforo de 30% y solo ingresarán vacunados con las 2 dosis de la vacuna contra el covod-19. Nivel de alerta alto Las 10 provincias con nivel de alerta alto son Huamanga (Ayacucho), Santa (Áncash), Huancavelica (Huancavelica), Concepción (Junín), Chepén y Virú (La Libertad) y Sullana, Piura, Sechura y Talara (Piura), para las cuales se determinaron los siguientes aforos: - Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 40%. - Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%. - Restaurantes y afines en zonas internas: 50%. - Casinos y tragamonedas: 40%. - Cines y artes escénicas: 40%. - Bancos y otras entidades financieras: 60%. - Templos y lugares de culto: 40%. - Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%. - Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%. - Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%. - Eventos empresariales y profesionales: 50%. - Peluquería y Barberia: 50%. - Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%. - Coliseos: 0%. - Gimnasios: 40%. Además, se autoriza actividades en espacios abiertos, respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias. Estas actividades en espacios abiertos son: artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre, áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos. También los baños termales al aire libre, actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, eventos empresariales y profesionales al aire libre y mercados itinerantes. Para el caso de los estadios deportivos se determinó 0% de aforo. Conglomerados Los gobiernos locales regulan la actividad económica de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la finalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos: - Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados. - Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida. - Establecer límites de aforo y horarios de supervisión en las horas de alta afluencia del público. - Implementar medidas idóneas para efectuar el control efectivo de aforos. - Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal.

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